El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) ha emitido una regla final que limita severamente la capacidad de muchas personas que buscan asilo para solicitar una autorización de trabajo en los Estados Unidos. La nueva regla entró en vigor el 25 de agosto de 2020. En general, la nueva regla se aplicará tanto a las solicitudes iniciales como a las de renovación de un Documento de autorización de empleo ("EAD") basadas en una solicitud de asilo pendiente (en la categoría "C (08)" ) y con base en la libertad condicional (bajo la categoría "C (11)") que tienen matasellos del 25 de agosto de 2020 o después.
Antiguo sistema: el reloj del asilo
Según las regulaciones actuales que rigen el asilo y la autorización de empleo en los Estados Unidos, una persona que solicita asilo ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) o ante el tribunal de inmigración es elegible para solicitar un EAD bajo la "C (08) ”A partir de 150 días después de presentar la solicitud de asilo, y el solicitante de asilo puede recibir el EAD a partir de 180 días después de presentar la solicitud de asilo. El período de espera de EAD de 180 días, o el “Reloj de asilo de 180 días”, ha estado vigente durante los últimos 25 años. Actualmente, el Reloj de asilo comienza a funcionar cuando la persona presenta una solicitud de asilo, y el Reloj continúa funcionando a menos que la persona provoque un retraso en su caso de asilo.
Nuevo sistema: sin reloj, doble período de espera, sin autorización de empleo
Con las nuevas regulaciones de EAD, el DHS está introduciendo cambios dramáticos en la elegibilidad de los solicitantes de asilo para buscar un EAD bajo la categoría C (08). Estos cambios incluyen:
Período de espera de 365 días: la nueva regla elimina por completo el Reloj de asilo y duplica el período de espera obligatorio para un EAD C (08) después de solicitar asilo a 365 días en lugar de 180 días. Si se rechaza la solicitud de asilo antes de que finalice el período de espera de 365 días, se rechazará la solicitud C (08) EAD.
Sin autorización de empleo si no solicita asilo dentro del plazo de presentación de un año: según la ley de asilo de los EE. UU., Para ser elegible para el asilo, una persona debe presentar su solicitud de asilo dentro de un año después de ingresar a los Estados Unidos, a menos que se aplique una excepción. . Según la nueva regla, un solicitante de asilo no es elegible para un EAD C (08) si presenta la solicitud de asilo después del plazo de un año, a menos y hasta que un oficial de asilo o un juez de inmigración determine que se aplica una excepción y que el solicitante presentó para el asilo dentro de un período de tiempo razonable dadas las circunstancias. Esto representa un cambio importante en la política porque significa que los muchos solicitantes de asilo que solicitan asilo el 25 de agosto de 2020 o después, y más de un año después de haber ingresado a los EE. UU., No podrán recibir autorización de trabajo hasta que puedan para establecer una excepción al plazo de presentación de un año en su entrevista de asilo o con el juez de inmigración. Tenga en cuenta que esta restricción se aplica solo a las solicitudes de asilo presentadas a partir del 25 de agosto de 2020.
La barra de plazo de presentación de un año para los EAD C (08) no se aplica a alguien que era un "menor no acompañado" (UAC) cuando ingresó a los EE. UU.
Si tiene preguntas sobre esta regla, las autorizaciones de trabajo o el proceso de solicitud de asilo, los abogados de inmigración de Fillmore Spencer ofrecen consultas iniciales gratuitas y estarán felices de ayudarlo.